Cambio de potencia, tensión o actividad
- D.N.I. del titular o C.I.F de la empresa. En este caso debe presentar el poder notarial o la autorización correspondiente
- Copia de la factura o CUPS del suministro.
- Teléfono de contacto o correo electrónico.
- Aumento de potencia: es necesario el Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) si la potencia contratada supera el 50% de la potencia máxima admisible.
- Se acepta Boletín de Reconocimiento de Instalaciones de Baja Tensión si la nueva potencia es igual o inferior a 20 kW, no hay cambio de actividad y el aumento es inferior al 50% de la potencia máxima admisible.
- No se requiere esta documentación si la nueva potencia no supera la máxima admisible legalizada.